Términos y condiciones
Condiciones generales de uso
Las condiciones de uso de nuestro catálogo/tienda electrónica deben leerse detenidamente.
Si desea comprar aquí, significa que acepta las condiciones descritas a continuación.
Condiciones generales de uso del catálogo/tienda electrónica Fabnet "EOOD"
Este es un sitio web electrónico, catálogo/tienda, propiedad de Fabnet "EOOD". El mismo proporciona información para la compra de bienes de forma virtual. Fabnet "EOOD" mantiene la información en el sitio a su propia discreción o en caso de que haya pasado a ser obligatoria en virtud de un acto normativo vigente. Fabnet "EOOD" tiene derecho a cambiar el contenido y la forma de acceso a la información en el mismo en cualquier momento, y estos cambios entrarán en vigor de inmediato y serán obligatorios para todos los Clientes.
En cada caso de cambio de las condiciones generales, Fabnet "EOOD" informará a sus Clientes mediante la publicación de los cambios en el sitio. En este sentido, los Clientes tienen la obligación de consultar posibles cambios en todas las condiciones publicadas en el sitio.
Fabnet "EOOD" no es responsable ante los usuarios del sistema, así como ante terceros, en caso de que un usuario u otra persona publique información obtenida ilegalmente o no autorizada para su difusión en el sitio, así como en caso de abuso, copia u otro tipo de uso ilegal de una marca comercial ajena, marca de origen registrada, así como cualquier información, imagen, sonido, imagen, etc., que infrinja derechos de propiedad o no patrimoniales de terceros. Fabnet "EOOD" no es responsable de la información expuesta o de las consecuencias del uso de otros sitios web a los que proporciona un enlace. Fabnet "EOOD" también tiene derecho a terminar su uso por personas que realicen acciones incorrectas y aquellas que contradigan las leyes del país de uso.
Con cada uso del sitio para realizar comercio electrónico por parte de los Clientes, se acepta que estos han leído detenidamente todas las condiciones de su uso y han acordado cumplirlas incondicionalmente.
Fabnet "EOOD" realiza esfuerzos constantes para mantener la precisión de la información presentada en el sitio. Sin embargo, teniendo en cuenta posibles errores técnicos u omisiones en esta información, Fabnet "EOOD" aclara que las descripciones de los productos (fotos, características, etc.) son solo ilustrativas y orientativas, y los productos entregados pueden variar tanto en tipo como en características, siendo obligación de los Clientes, al recibir los productos, verificar si se corresponden en características con los documentos y especificaciones que los acompañan. En caso de no notificar a Fabnet "EOOD" inmediatamente después de la entrega de los productos, se considera que se corresponden con la descripción del sitio en cuanto a características, precios, etc.
Las características o precios de los productos descritos en el sitio pueden ser modificados por Fabnet "EOOD" en cualquier momento. Debido a razones técnicas, es posible que contengan errores, por los cuales Fabnet "EOOD" se disculpa de antemano con sus Clientes, esforzándose por eliminarlos.
Es posible que la información, las descripciones, las características de los productos y los precios a veces sean incompletos, por lo que Fabnet "EOOD" se disculpa de antemano con sus Clientes.
Ley aplicable en caso de disputas
Es aplicable la legislación búlgara. Las posibles disputas que surjan entre Fabnet "EOOD" y los Clientes se resolverán de buena fe o, si esto no es posible, las disputas se resolverán ante los tribunales búlgaros competentes de acuerdo con la legislación búlgara, a menos que las partes hayan acordado lo contrario.
EXTRACTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR (sección de compras electrónicas)
Art. 54. (Modificado – Boletín Oficial 61 de 2014, en vigor desde el 25.07.2014) (1) Cuando el consumidor haya ejercido su derecho de desistimiento de un contrato a distancia o de un contrato celebrado fuera del establecimiento, el comerciante reembolsará todas las sumas recibidas del consumidor, incluidos los gastos de envío, sin demoras indebidas y a más tardar 14 días a partir de la fecha en que se le haya informado de la decisión del consumidor de desistir del contrato de conformidad con el art. 52.
(2) El comerciante estará obligado a reembolsar las sumas recibidas utilizando el mismo medio de pago utilizado por el consumidor en la transacción inicial, a menos que el consumidor haya expresado su consentimiento expreso para el uso de otro medio de pago y siempre que ello no implique gastos para el consumidor.
(3) El comerciante no tendrá la obligación de reembolsar los gastos adicionales de envío de la mercancía cuando el consumidor haya elegido expresamente una modalidad de envío diferente a la más económica de envío estándar ofrecida por el comerciante.
(4) En un contrato de venta, cuando el comerciante no se haya ofrecido a recoger la mercancía por sí mismo, podrá retener el pago de las sumas al consumidor con arreglo al apartado 1 hasta que reciba la mercancía o hasta que el consumidor presente una prueba de que ha enviado la mercancía de vuelta, según lo que ocurra primero.
Art. 55. (Modificado - Boletín Oficial 64 de 2007, 61 de 2014, en vigor desde el 25.07.2014) (1) Cuando el consumidor ejerza su derecho de desistimiento de un contrato a distancia o de un contrato celebrado fuera del establecimiento y cuando el comerciante no se haya ofrecido a recoger la mercancía por sí mismo, el consumidor deberá enviar o entregar la mercancía de vuelta al comerciante o a una persona autorizada por él sin demoras indebidas y a más tardar 14 días a partir de la fecha en que el consumidor haya comunicado al comerciante su decisión de desistir del contrato de conformidad con el art. 52. Se considerará que se ha cumplido el plazo si el consumidor envía o entrega la mercancía de vuelta al comerciante antes de que expire el plazo de 14 días.
(2) El consumidor solo pagará los costes directos de devolución de la mercancía con arreglo al apartado 1, salvo en los casos en que el comerciante haya aceptado pagarlos, o si el comerciante no le ha informado de que los costes de devolución de la mercancía corren a cargo del consumidor.
(3) En un contrato celebrado fuera del establecimiento, cuando la mercancía se haya entregado en el domicilio del consumidor en el momento de la celebración del contrato, el comerciante estará obligado a recoger la mercancía a su cargo, si la naturaleza de la mercancía no permite que se devuelva por correo de forma habitual.
(4) El consumidor solo será responsable de la disminución de valor de los bienes causada por la manipulación de los mismos distinta de la necesaria para establecer su naturaleza, sus características o su funcionamiento. El consumidor no será responsable de la disminución de valor de los bienes cuando el comerciante no le haya informado de su derecho de desistimiento de conformidad con el artículo 47, apartado 1, punto 8.
(5) Cuando el consumidor ejerza su derecho de desistimiento después de haber realizado una solicitud con arreglo al artículo 48, apartado 3 o al artículo 49, apartado 9, pagará al comerciante la suma proporcional de lo que realmente se le haya proporcionado hasta el momento en que el consumidor haya notificado al comerciante el ejercicio del derecho de desistimiento.
(6) La suma proporcional a que se refiere el apartado 5, que el consumidor deberá abonar al comerciante, se calculará en función del precio final acordado en el contrato. Si el precio final es excesivamente elevado, la suma proporcional se calculará en función del valor de mercado de lo que realmente se haya suministrado.
(7) Cuando el consumidor ejerza su derecho de desistimiento del contrato, no deberá abonar los gastos de:
1. prestación de servicios o de suministro de agua, gas o electricidad, cuando no se ofrezcan a la venta envasados en volumen limitado o en cantidad determinada, o de calefacción central, total o parcialmente, realizados durante el plazo de desistimiento, cuando:
a) el comerciante no haya proporcionado información de conformidad con el artículo 47, apartado 1, punto 8 o 10, o
b) el consumidor no haya solicitado expresamente que la ejecución del contrato comenzara durante el plazo de ejercicio del derecho de desistimiento de conformidad con el artículo 48, apartado 3 y el artículo 49, apartado 9, o
2. el suministro total o parcial de contenido digital que no se suministra en soporte material, cuando:
a) el consumidor no haya dado su consentimiento previo expreso para que la ejecución del contrato comenzara antes de la expiración del plazo de 14 días del artículo 50, o
b) el consumidor no haya confirmado que sabe que, al dar su consentimiento para que la ejecución del contrato comience, perderá su derecho de desistimiento del contrato, o
c) el comerciante no haya proporcionado confirmación del consentimiento previo expreso y la aceptación del consumidor para que la ejecución del contrato comience de conformidad con el artículo 48, apartado 2 o el artículo 49, apartado 8.
(8) El consumidor no será responsable por el ejercicio del derecho de desistimiento, salvo en los casos de los apartados 1, 2, 4 y 5 y el artículo 54, apartado 3.
OBLIGACIÓN GENERAL DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN – Para las tiendas
Art. 4. (1). Antes de que el consumidor quede vinculado por un contrato o una oferta de contrato, distinto de un contrato a distancia o de un contrato celebrado fuera del establecimiento, el comerciante estará obligado a facilitar al consumidor de forma clara y comprensible la siguiente información, a menos que sea evidente por el contexto o por la naturaleza y características del bien o servicio:
1. las características principales de los bienes o servicios, de acuerdo con el medio de comunicación utilizado y la naturaleza de los bienes o servicios, incluida la información sobre la composición, el embalaje, así como las instrucciones de uso, el conjunto y el mantenimiento;
2. el nombre/denominación del comerciante, la dirección de su sede social y dirección de gestión, su número de teléfono, así como la dirección de correo electrónico y la página web, si las tuviera;
3. el precio final de los bienes o servicios con todos los impuestos y tasas incluidos o, cuando debido a la naturaleza de los bienes o servicios el precio no pueda calcularse de antemano dentro de unos límites razonables, la forma de calcularlo; cuando sea aplicable, el precio final de los bienes o servicios incluirá todos los costes adicionales de transporte, entrega o gastos de envío, y cuando estos costes no puedan calcularse de antemano dentro de unos límites razonables, se indicará la circunstancia de que el consumidor podría tener que abonar dichos costes adicionales;
4. cuando sea aplicable, se indicarán las condiciones de pago, entrega, ejecución, la fecha en que el comerciante se compromete a entregar los bienes o a prestar el servicio, y los métodos previstos por el comerciante para la tramitación de reclamaciones;
5. un recordatorio de la existencia de una garantía legal de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa y, cuando sea aplicable, de la existencia de servicio posventa y de garantías comerciales, si las hubiera, así como las condiciones de las mismas;
6. la duración del contrato, cuando sea aplicable, o, en caso de que el contrato sea de duración indefinida o contenga una cláusula de renovación automática, las condiciones de su terminación;
7. cuando sea aplicable, se indicará la funcionalidad (las diferentes formas en que se puede utilizar el contenido digital, como el seguimiento del comportamiento del consumidor; así como la ausencia o presencia de restricciones técnicas, como la protección mediante gestión de derechos digitales o codificación regional y otros), incluidas las medidas de protección técnica aplicables del contenido digital;
8. cuando sea aplicable, se indicará cualquier interoperabilidad relevante del contenido digital con algunos tipos de hardware y software (información sobre el entorno de hardware y software estándar con el que el contenido digital es compatible, como el sistema operativo; la versión necesaria y algunos elementos de hardware), que sean conocidos por el comerciante o que se pueda esperar razonablemente que sean conocidos por él;
9. disponibilidad del bien o servicio;
10. los peligros asociados al uso habitual, utilización o mantenimiento del bien o servicio;
11. las condiciones de uso del bien o servicio, la influencia que ejerce sobre otros bienes y servicios en caso de uso o utilización conjunta;
12. el período de validez del bien, cuando sea aplicable.
En el artículo 233, se añade el apartado 4:
“(4) Las actas de constatación de infracciones administrativas y las resoluciones sancionadoras, en el sentido de la Ley de Infracciones y Sanciones Administrativas, así como los actos administrativos individuales, en el sentido del Código de Procedimiento Administrativo, podrán notificarse a cualquier persona física que se encuentre en el establecimiento comercial y que mantenga una relación civil o laboral con la persona contra la que se hayan dictado.”
CONTRATO A DISTANCIA - Ventas online
“Artículo 45. Un contrato a distancia es todo contrato celebrado entre un comerciante y un consumidor como parte de un sistema organizado de venta a distancia o prestación de servicios a distancia sin la presencia física simultánea del comerciante y el consumidor, mediante el uso exclusivo de uno o más medios de comunicación a distancia hasta la celebración del contrato, incluido el momento de la celebración del contrato.”
“Artículo 47. (1) Antes de que el consumidor quede vinculado por un contrato a distancia o por un contrato celebrado fuera del establecimiento, o por una oferta similar de contrato, el comerciante estará obligado a facilitar al consumidor de forma clara y comprensible la siguiente información:
1. las características principales de los bienes o servicios, de acuerdo con el medio de comunicación utilizado y la naturaleza de los bienes o servicios;
2. el nombre/denominación del comerciante;
3. la dirección de la sede social y dirección de gestión del comerciante, su número de teléfono, así como su dirección de correo electrónico y página web, si las tuviera, para que el consumidor pueda establecer contacto rápidamente y comunicarse eficazmente con el comerciante; cuando sea aplicable, se indicará el nombre/denominación del comerciante, la dirección de la sede social y dirección de gestión, en cuyo nombre actúa;
4. la dirección del lugar donde el comerciante ejerce su actividad económica y, cuando sea aplicable, la dirección del lugar donde el comerciante, en cuyo nombre actúa, ejerce su actividad económica, a la que el consumidor puede enviar posibles reclamaciones, cuando la sede social y la dirección de gestión del comerciante no coincidan con las indicadas en el punto 3;
5. el precio final de los bienes o servicios con todos los impuestos y tasas incluidos o, cuando debido a la naturaleza de los bienes o servicios el precio no pueda calcularse de antemano dentro de unos límites razonables, la forma de calcularlo; cuando sea aplicable, el precio final de los bienes o servicios incluirá todos los costes adicionales de transporte, entrega o gastos de envío, y cuando estos costes no puedan calcularse de antemano dentro de unos límites razonables, se indicará la circunstancia de que el consumidor podría tener que abonar dichos costes adicionales; en caso de contrato de duración indefinida o de contrato que contenga una suscripción, el precio final incluirá todos los costes del período de facturación; cuando estos contratos prevean una facturación a tarifa fija, el precio final incluirá también todos los costes mensuales; cuando la suma total de los costes no pueda calcularse de antemano dentro de unos límites razonables, se proporcionará información sobre la forma de calcular el precio;
6. los costes de utilización del medio de comunicación a distancia para la celebración del contrato, cuando estos costes se calculen sobre una base distinta de la tarifa básica;
7. las condiciones de pago, entrega, ejecución, la fecha en que el comerciante se compromete a entregar los bienes o a prestar los servicios y, cuando sea aplicable, los métodos previstos por el comerciante para la tramitación de reclamaciones de los consumidores;
8. cuando el consumidor tenga derecho de desistimiento del contrato, se indicarán las condiciones, el plazo y la forma de ejercerlo de conformidad con el artículo 52, apartados 1 y 2 (Cuando el consumidor desee desistir de un contrato a distancia o de un contrato celebrado fuera del establecimiento, informará al comerciante de su decisión antes de que expire el plazo del artículo 50 (plazo de 14 días). (2) Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor podrá utilizar el formulario de desistimiento estándar de conformidad con el Anexo n.º 6 o declarar inequívocamente de otra manera su decisión de desistir del contrato); el comerciante estará obligado a facilitar al consumidor también el formulario de desistimiento estándar de conformidad con el Anexo n.º 6:
_____________________________________________________________________________
Formulario de desistimiento estándar del contrato
(Rellene y envíe este formulario únicamente si desea desistir del contrato)
A
Fabnet "EOOD"
ciudad de Blagoevgrad.....
email: .....
Por la presente, comunico/comunicamos* que desisto/desistimos* del contrato de compra de los siguientes bienes*/de prestación del siguiente servicio*:
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
– Pedido el*/ Recibido el* ........................................................................................
– Nombre del consumidor/es ...............................................................................................
– Dirección del consumidor/es ............................................................................................
– Firma del consumidor/es ..........................................................................................
(solo en caso de que el presente formulario sea en papel)
– Fecha ..............................................................................................................................
* Táchese lo que no proceda.”
__________________________
9. cuando sea aplicable, se indicará la circunstancia de que el consumidor debe asumir los gastos de devolución de los bienes en caso de ejercer el derecho de desistimiento; en los contratos a distancia, si debido a su naturaleza los bienes no pueden devolverse por correo de forma habitual, se indicarán los gastos de devolución;
10. (esto se refiere a la entrega de servicios, no nos concierne);
11. cuando no se prevea el derecho de desistimiento de conformidad con el artículo 57, el comerciante informará al consumidor de que no tiene derecho de desistimiento o, cuando sea aplicable, se indicarán las circunstancias en las que el consumidor pierde su derecho de desistimiento del contrato; aquí debemos indicar en qué circunstancias se pierde el derecho de desistimiento; los supuestos del artículo 57 en los que nos encontramos son:
Art. 57. Las disposiciones de los arts. 50-56 relativas al derecho de desistimiento del consumidor de un contrato a distancia o de un contrato celebrado fuera del establecimiento no se aplicarán a los contratos:
8. en los que el consumidor haya solicitado expresamente al comerciante que le visite en su domicilio con el fin de realizar actividades urgentes de reparación o mantenimiento; cuando en dicha visita el comerciante preste otros servicios adicionales a los solicitados por el consumidor, o entregue bienes distintos de las piezas de repuesto necesarias para la realización de la reparación o el mantenimiento, el derecho de desistimiento se aplicará a dichos servicios o bienes adicionales;
9. de suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor después de la entrega;
12. un recordatorio de la existencia de una garantía legal de conformidad del bien con el contrato de compraventa;
13. cuando sea aplicable, se indicará la existencia de la posibilidad de asistencia al consumidor después de la venta, la existencia de servicio posventa y de garantía comercial, así como las condiciones de los mismos;
18. cuando sea aplicable, se indicará la funcionalidad del contenido digital (datos que se producen y suministran en formato digital, como juegos de ordenador, programas antivirus, aplicaciones, películas, música, textos, libros electrónicos, periódicos, revistas, juegos de software o en línea, bases de datos, sitios web de apuestas y otros, independientemente de si son accesibles mediante descarga o transmisión en tiempo real, mediante soporte material o mediante cualquier otro medio), incluidas las medidas de protección técnica aplicables;
19. cuando sea aplicable, se indicará cualquier interoperabilidad relevante del contenido digital con algunos tipos de hardware y software, que sean conocidos por el comerciante o que se pueda esperar razonablemente que sean conocidos por él;
20. En su caso, se indicará la posibilidad de recurrir a procedimientos extrajudiciales de resolución de litigios y de indemnización en los que el comerciante participe, así como las condiciones de acceso a ellos.
Artículo 49. (1) En los contratos a distancia, el comerciante facilitará la información contemplada en el artículo 47, apartado 1, al consumidor o la pondrá a disposición del consumidor de forma adecuada en función del medio de comunicación a distancia utilizado, en un lenguaje claro y comprensible. Si la información se proporciona en un soporte duradero, deberá estar escrita de forma legible.
(2) En el caso de un contrato a distancia celebrado electrónicamente a través de un sitio web de Internet y que prevea la obligación del consumidor de efectuar un pago, el comerciante facilitará al consumidor la información contemplada en el artículo 47, apartado 1, puntos 1 y 5 (características principales y precio final) de forma clara y evidente, inmediatamente adyacente al botón a través del cual el consumidor realice su pedido. El comerciante estará obligado a garantizar que, cuando el consumidor realice su pedido, confirme expresamente que el pedido implica una obligación de pago por su parte. Si la realización de un pedido implica la activación de un botón o de una función similar, el botón o dicha función similar mostrarán claramente únicamente las palabras "pedido con obligación de pago" o cualquier otra formulación inequívoca pertinente que deje claro que la realización de un pedido conlleva una obligación de pago por parte del consumidor.
(3) Si el comerciante no cumple los requisitos del apartado 2, el consumidor no estará vinculado por el contrato o el pedido.
(4) En los sitios web de comercio electrónico, los comerciantes indicarán de forma clara y legible, a más tardar al inicio del proceso de pedido, si existen restricciones a la entrega de la mercancía y qué medios de pago se aceptan.
(8) El comerciante entregará al consumidor en un soporte duradero una confirmación del contrato celebrado en un plazo razonable tras la celebración del contrato a distancia o, a más tardar, en el momento de la entrega de la mercancía o antes de que se haya iniciado la ejecución del servicio. La confirmación por parte del comerciante deberá contener toda la información contemplada en el artículo 47, apartado 1, a menos que el comerciante haya facilitado dicha información al consumidor en un soporte duradero antes de la celebración del contrato a distancia y, en los contratos de suministro de contenido digital que no se entregue en un soporte material, una confirmación del consentimiento previo expreso y la aceptación por parte del consumidor para iniciar la ejecución del contrato antes de que expire el plazo para ejercer el derecho de desistimiento del contrato.
(10) La carga de la prueba del cumplimiento de los requisitos de los apartados 1 a 9 recaerá en el comerciante."
DERECHO DE DESISTIMIENTO - ¡El derecho de desistimiento se prevé de nuevo solo para los contratos a distancia!
Artículo 50. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil, sin necesidad de justificación, sin indemnización ni penalización alguna y sin asumir ningún coste, a excepción de los costes previstos en el artículo 54, apartado 3 (los costes adicionales de entrega de la mercancía, cuando el consumidor haya elegido expresamente un modo de entrega de la mercancía distinto del tipo de entrega estándar más barato ofrecido por el comerciante) y el artículo 55, en un plazo de 14 días, a partir de la fecha de:
2. Aceptación de la mercancía por el consumidor o por un tercero distinto del transportista e indicado por el consumidor, en el caso de un contrato de compraventa, o:
a) Cuando el consumidor haya pedido varias mercancías en un mismo pedido que se entreguen por separado, a partir de la fecha en que el consumidor o un tercero distinto del transportista e indicado por el consumidor, reciba la última mercancía;
Artículo 51. (1) Si el comerciante no ha facilitado al consumidor información sobre su derecho de desistimiento del contrato con arreglo al artículo 47, apartado 1, punto 8 (condiciones, plazo y forma + formulario normalizado para el ejercicio del derecho de desistimiento del contrato), el consumidor tendrá derecho a desistir del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil en el plazo de un año y 14 días a partir de la fecha indicada en el artículo 50.
(2) Si el comerciante facilita al consumidor información sobre el derecho de desistimiento en el plazo de un año a partir de la fecha indicada en el artículo 50, el consumidor tendrá derecho a desistir del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil en el plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción de la información contemplada en el artículo 47, apartado 1, punto 8.
(4) Para ejercer el derecho de desistimiento, el comerciante podrá ofrecer al consumidor la opción de rellenar y enviar electrónicamente, a través del sitio web del comerciante, el formulario de desistimiento estándar de conformidad con el Anexo nº 6 o cualquier otra declaración inequívoca. En estos casos, el comerciante estará obligado a enviar inmediatamente al consumidor una confirmación de la recepción de su desistimiento en un soporte duradero.
(5) La carga de la prueba del ejercicio del derecho de desistimiento del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil recaerá en el consumidor.
Artículo 54. (1) Cuando el consumidor haya ejercido su derecho de desistimiento del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil, el comerciante reembolsará todas las cantidades recibidas del consumidor, incluidos los gastos de entrega, sin demoras indebidas y a más tardar en el plazo de 14 días a partir de la fecha en que haya sido informado de la decisión del consumidor de desistir del contrato de conformidad con el artículo 52.
(2) El comerciante estará obligado a reembolsar las cantidades recibidas utilizando el mismo medio de pago utilizado por el consumidor en la transacción inicial, a menos que el consumidor haya expresado su consentimiento expreso para la utilización de otro medio de pago y siempre que ello no implique costes para el consumidor.
(3) El comerciante no tendrá la obligación de reembolsar los costes adicionales de entrega de la mercancía cuando el consumidor haya elegido expresamente un modo de entrega de la mercancía distinto del tipo de entrega estándar más barato ofrecido por el comerciante.
(4) En un contrato de compraventa, cuando el comerciante no haya ofrecido recoger la mercancía él mismo, podrá retener el pago de las cantidades al consumidor con arreglo al apartado 1 hasta que reciba la mercancía o hasta que el consumidor presente una prueba de que ha enviado la mercancía de vuelta, lo que ocurra primero.
Artículo 55. (1) Cuando el consumidor ejerza su derecho de desistimiento del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil y cuando el comerciante no haya ofrecido recoger la mercancía él mismo, el consumidor deberá enviar o entregar la mercancía de vuelta al comerciante o a una persona autorizada por este sin demora indebida y a más tardar en el plazo de 14 días a partir de la fecha en que el consumidor haya comunicado al comerciante su decisión de desistir del contrato con arreglo al artículo 52. Se considerará que se ha cumplido el plazo si el consumidor envía o entrega la mercancía de vuelta al comerciante antes de que expire el plazo de 14 días.
(2) El consumidor solo pagará los costes directos de devolución de la mercancía con arreglo al apartado 1, salvo en los casos en que el comerciante haya acordado pagarlos, o si el comerciante no le ha informado de que los costes de devolución de la mercancía corren a cargo del consumidor.
(4) El consumidor solo será responsable de la disminución del valor de los bienes resultante de una manipulación de los mismos distinta de la necesaria para establecer la naturaleza, las características y el buen funcionamiento de los bienes. El consumidor no será responsable de la disminución del valor de los bienes cuando el comerciante no le haya informado de su derecho de desistimiento de conformidad con el artículo 47, apartado 1, punto 8.
(8) El consumidor no será responsable del ejercicio del derecho de desistimiento, salvo en los casos contemplados en los apartados 1, 2, 4 y 5 y el artículo 54, apartado 3.
Artículo 56. (1) Cuando el consumidor ejerza su derecho de desistimiento del contrato a distancia o del contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil, cualquier contrato adicional quedará automáticamente resuelto, sin que el consumidor deba asumir coste, indemnización y/o penalización alguna, a excepción de los costes previstos en el artículo 54, apartado 3 y el artículo 55 – si, por ejemplo, se ha contratado una "Garantía+".
Artículo 147a. (1) En la celebración de un contrato con condiciones generales con un consumidor, las condiciones generales solo vincularán al consumidor si le han sido facilitadas y este las ha aceptado.
(2) El consentimiento del consumidor a las condiciones generales se acreditará con su firma.
(3) El comerciante o su representante autorizado estará obligado a entregar al consumidor una copia de las condiciones generales firmada por él.
(4) La carga de la prueba del consentimiento expreso del consumidor a las condiciones generales y de su recepción en el momento de la firma del contrato recaerá en el comerciante.
(5) La cláusula de consentimiento a las condiciones generales del contrato y la declaración de su recepción por el consumidor, incluida en los contratos individuales, no constituye prueba de la aceptación efectiva de las condiciones generales y de la recepción de una copia por el consumidor.
Artículo 147b. (1) El comerciante estará obligado a notificar al consumidor cualquier modificación de las condiciones generales del contrato celebrado en un plazo de 7 días desde la ocurrencia de dicha circunstancia, a través del teléfono, correo electrónico o dirección postal indicados por el consumidor.
(2) Si no está de acuerdo con las modificaciones de las condiciones generales, el consumidor podrá desistir del contrato sin justificación y sin deber indemnización o penalización alguna, o seguir ejecutándolo con las condiciones generales vigentes antes de la modificación.
(3) El consumidor ejercerá su derecho de conformidad con el apartado 2, enviando al comerciante una notificación por escrito en el plazo de un mes a partir de la recepción del mensaje de conformidad con el apartado 1.
(4) Las modificaciones de las condiciones generales vincularán al consumidor del contrato cuando el consumidor haya sido notificado de ellas en las condiciones del apartado 1 y no haya ejercido su derecho de conformidad con los apartados 2 y 3.
(5) El comerciante estará obligado a acreditar el hecho de la notificación al consumidor de la modificación de las condiciones generales.
SOBRE LA ENTREGA Y EL RIESGO
Artículo 103a. Las disposiciones de esta sección tienen por objeto garantizar la protección de los consumidores en la entrega de bienes, la transferencia del riesgo, la conformidad del bien con el contrato de compraventa, la garantía de los bienes ofrecidos en virtud de esta ley y las garantías comerciales.
Artículo 103b. (1) El comerciante estará obligado a entregar los bienes, poniéndolos a disposición del consumidor sin demora indebida, en un plazo no superior a 30 días a partir de la celebración del contrato, a menos que las partes hayan acordado otra cosa.
(2) Si el comerciante no entrega los bienes en el plazo establecido en el contrato o en el plazo previsto en el apartado 1, el consumidor le exigirá que la entrega de los bienes se realice en un plazo adicional determinado en función de las circunstancias. Si el comerciante no entrega los bienes en este plazo adicional determinado, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato.
(3) La disposición del apartado 2 no se aplicará a los contratos de compraventa cuando:
1. El comerciante se haya negado a entregar los bienes, o
2. La entrega de los bienes dentro del plazo de entrega acordado sea esencial para el consumidor, teniendo en cuenta todas las circunstancias en el momento de la celebración del contrato, o
3. El consumidor haya notificado al comerciante antes de la celebración del contrato que es esencial que la entrega se realice en una fecha concreta o a más tardar en una fecha determinada.
(4) Si en los casos contemplados en el apartado 3 el comerciante no entrega los bienes en el plazo acordado con el consumidor o en el plazo previsto en el apartado 1, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato de forma inmediata.
(5) En caso de resolución del contrato de compraventa, el comerciante estará obligado a reembolsar al consumidor, sin demora indebida, todas las cantidades pagadas en virtud del contrato.
(6) En caso de resolución del contrato de compraventa con arreglo a los apartados 2 a 4, el consumidor podrá reclamar indemnización o penalización de conformidad con el procedimiento general.
Artículo 103c. (1) En los contratos en los que el comerciante envía los bienes al consumidor, el riesgo de pérdida o daño de los bienes pasará al consumidor en el momento en que el consumidor o un tercero designado por él, distinto del transportista, reciba los bienes.
(2) Cuando el consumidor haya elegido un transportista y le haya encargado el transporte de los bienes, pero el transportista elegido por el consumidor no se encuentre entre los transportistas ofrecidos por el comerciante, el riesgo pasará al consumidor en el momento de la entrega de los bienes al transportista elegido por él. En caso de pérdida o daño, el consumidor podrá reclamar indemnización o penalización al transportista.
SOBRE LAS RECLAMACIONES
En el artículo 114 se introducen las siguientes modificaciones y adiciones:
1. Se crea un nuevo apartado 3:
"(3) El comerciante estará obligado a satisfacer la solicitud de resolución del contrato y a reembolsar la cantidad pagada por el consumidor cuando, después de haber satisfecho tres reclamaciones del consumidor mediante la reparación del mismo bien, dentro del plazo de garantía previsto en el artículo 115, se produzca una posterior aparición de disconformidad del bien con el contrato de compraventa."
En el artículo 117 se introducen las siguientes modificaciones y adiciones:
1. El apartado 1 se modifica de la siguiente manera:
!!! "(1) La garantía comercial es cualquier obligación asumida por el comerciante o el productor con el consumidor, adicional a su obligación en virtud de esta ley de garantizar la conformidad del bien con el contrato de compraventa, de reembolsar la cantidad pagada o de sustituir o reparar el bien, o de prestar otro tipo de servicio relacionado con el bien, cuando este no se ajuste a las especificaciones o, en su caso, a otros requisitos, no relacionados con la conformidad del bien con el contrato de compraventa, especificados en la declaración de garantía comercial o en la publicidad correspondiente, realizada en el momento de la celebración o antes de la celebración del contrato."
2. En el apartado 2 se añade una segunda frase: "El cumplimiento de las obligaciones asumidas por el comerciante en virtud de la garantía comercial no implicará costes para el consumidor."
En el artículo 127 se introducen las siguientes modificaciones y adiciones:
(3) Al presentar una reclamación, las personas a que se refiere el apartado 1 deberán describirla obligatoriamente en el registro "y se expedirá al consumidor un documento que contenga la fecha, el número con el que se haya registrado la reclamación, el tipo de bien y la firma de la persona que haya recibido la reclamación".
(4) La recepción de reclamaciones se realizará durante todo el horario laboral en el establecimiento mercantil donde se haya adquirido el bien o se haya solicitado el servicio, en la dirección de la sede social del comerciante o en otro lugar indicado por el comerciante. "La reclamación también podrá presentarse en cualquiera de los establecimientos mercantiles del comerciante en el territorio del país en los que se ejerza una actividad comercial similar a la del establecimiento donde se adquirió el bien". El derecho de elección del lugar para presentar la reclamación corresponde enteramente al consumidor.





































